sábado, 15 de enero de 2011

El TSJA ordena investigar a Chaves y dice que no hacerlo fue «arbitrario»

Señala que el Ejecutivo de Griñán hizo un informe que «desde el principio» quería exculparlo.


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de 31 de julio de 2009 que eludió expedientar al vicepresidente tercero y ministro de Política Territorial, Manuel Chaves, por no inhibirse en relación a la subvención otorgada por el Gobierno andaluz a la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsau) en la que trabajaba su hija, Paula Chaves Iborra. 

Chaves y Griñán, en un acto  del PSOE -A

 

16 Enero 11 - Sevilla - F. Martí
Los hechos se remontan a junio de 2009. El PP-A denunció al expresidente andaluz por una posible infracción del artículo 7 de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos, ya que el Consejo de Gobierno de 20 de enero de 2009 presidido por Chaves ratificó un incentivo de más de diez millones de euros a la empresa Matsau, donde trabajaba su hija. El Partido Popular mantenía que el actual vicepresidente tercero debió inhibirse, algo que no hizo.

Sin embargo, con Chaves ya en Madrid, el Ejecutivo de Griñán se valió de un informe de la propia Consejería de Justicia para no abrirle expediente sancionador. En él se argumentaba que la intervención de la hija del ministro de Política Territorial en el expediente fue posterior a la concesión de la subvención y que Chaves se limitó a ratificar como presidente la aprobación de la ayuda económica. Esa decisión es la que el TSJA califica de «arbitraria e injustificada», señala que los hechos tienen «una gravedad que exigían una mínima investigación» y estima el recurso interpuesto por cinco diputados del PP.

La sentencia es muy crítica con la manera de actuar de la Junta, ya que considera
«que el acuerdo impugnado de no incoación es arbitrario e injustificado» además de vulnerar «el reglamento de  potestad sancionadora» e «ignorar los principios constitucionales consagrados en los artículos 103.1 y 9.3 de la Carta Magna».

El Ejecutivo de Griñán no realizó «actividad investigadora alguna» y se limitó a «elaborar unos informes jurídicos interpretativos sobre el precepto que se denunciaba infringido», de lo que concluye tenía como finalidad «exculpar ab initio al alto cargo».

Sin entrar a valorar cualquier otro tipo de responsabilidades, el TSJA sí afirma que lo relevante no era «si la Administración tenía o no conocimiento de la relación de la hija del alto cargo con Matsau o si conocía o no la existencia de los poderes de representación otorgados con anterioridad a la fecha del acuerdo de ratificación, sino si el alto cargo cuando presidió el Consejo de Gobierno de 20 de enero de 2009 ratificando la subvención y aprobando el gasto a favor de la empresa Matsau, conocía que en su dirección, asesoramiento o administración tenía alguna parte el miembro de su familia y ello con independencia de su intervención directa con la Administración».

El fallo cuenta con un voto discrepante de Julián Manuel Moreno Retamino que, «con el máximo respeto», entiende que «no es función del TSJA determinar cuáles han de ser las concretas actuaciones que han de practicarse para determinar con precisión los hechos denunciados».   

La Junta anunció ayer que recurrirá el fallo y apeló al voto discrepante de uno de los ponentes. La consejera de Presidencia y portavoz, Mar Moreno, restó incluso importancia al varapalo del TSJA y afirmó que el asunto «ya no tiene repercusión, y que es de absoluta menor cuantía política».

Por su parte, el PP volverá a llevar este asunto al Congreso y pedirá explicaciones a Chaves el próximo 26 de enero, en la sesión de control al Gobierno. Además, el presidente del PP-A, Javier Arenas, solicitó que se investigue «de inmediato, como exige la democracia y el Estado de derecho». 

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